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Veteranos estudiantes elegibles
Son elegibles para recibir estos beneficios aquellos veteranos que:
No hayan completado los cursos conducentes al grado académico que iniciaron bajo la legislación federal y cuyos estudios quedaron interrumpidos por razón de agotarse los beneficios bajo dicha legislación.
Estén cursando estudios en Puerto Rico o fuera del territorio de Estados Unidos en una universidad o colegio privado reconocido por el Consejo de Educación Superior o por una agencia nacional acreditada e instituciones educativas.
Documentos que se deben someter al solicitar los beneficios económicos
- Solicitud de pago de matrícula oficial.
- Hoja de licenciamiento o copia Forma 214
- Certificación de la Administración de Veterano que indique la fecha
exacta que el veterano cesó de recibir los beneficios económicos que
le otorga la Ley Federal por estudios y el grado académico que cursaba.
- Certificación oficial de la Institución en la que especifique que el veterano
agotó o agotará sus derechos a estudios bajo la Ley Federal, grado
académico que está matriculado, promedio general y si continúa con
la misma concentración en la que inició bajo la Ley Federal.
- Copia de la hoja de matrícula
- Transcripción de créditos
- Forma 1995 y 1999 (Administración de Veterano)
Donde y cuando de redican las solicitudes
Las solicitudes se deben radicar en:
Departamento de Educación
Hato Rey, Puerto Rico
Programa de Asistencia Económica al Veterano, Ley #13
Piso 6, Oficina 604
PO Box 190759 San Juan, Puerto Rico 00915-0759
Teléfonos: 759-2000, exts. 2588 y4188
Fechas para radicar:
Primer Semestre
en o antes del 15 de septiembre
Segundo Semestre
en o antes del 15 de febrero
Estudios ofrecidos por trimestres deberán radicar solicitud, no más tarde de 15 días apartir de la fecha en que se matriculó el veterano.
** Las solicitudes se consideraran a todas por igual de acuerdo a los fondos disponibles y cumpliendo con todos los requisitos solicitados, a la Oficina de Asistencia Económica al Veterano, Ley num. 13.
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